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A este respecto conviene recordar que Mela se refiere a la frontera entre Lusitania y Bética en el sector costero, es decir, en la desembocadura del Guadiana y, por tanto su testimonio es inservible para verificar la frontera interior. Discutible podría ser Plinio, pero el naturalista contradice el testimonio de los gromatici, de los restos arqueológicos y de la distribución del territorio. De hecho, al sur de Augusta Emerita no hay ciudades hasta que no se cruza la Sierra de los Santos. Por eso hace ya tiempo que el propio García Iglesias consideró la Tierra de Barros como territorium Emeritense, es decir, que la frontera estaba muchos kilómetros al sur del Guadiana (García Iglesias 1972a, 176-177). Desde encontes se ha escrito mucho sobre el límite provincial, que es en definitiva el límite de Augusta Emerita. Los últimos hallazgos han sugerido algunas precisiones, pero en esencia, se considera territorium Emeritense toda la Tierra de Barros hasta la Sierra de los Santos. Véanse los estudios más recientes al respecto.
Así las cosas, tampoco tiene sentido un terminus en el puente. Se puede recordar también que generalmente los hitos solían comenzar con el sintagma terminus augustalis, como el de Valencia del Ventoso cuyo texto es terminus augustalis finis Emeritensium (Ramírez Sádaba 1993a). En la provincia de Lycia et Pamphylia se documenta un hito con este texto: Finis Caesaris n(ostri) (CIL III 6872 = CIL III 12147 = ILS 5967), que quizá pudiera ayudar a entender la inscripción emeritense. Pero la L que sigue a Finis tiene difícil explicación si se refiere a un personaje imperial (Lucio César?). Así las cosas, no podemos darle una explicación definitiva.