Los primeros editores, después de un minucioso análisis, proponen una fecha "ligeramente posterior al año 504, en que la Crónica Caesaraugustana recoge la realización de carreras" (Caballero Zoreda - Ulbert 1976, 221). Sin embargo en página anterior (214) habían pensado fecharla entre 350 y 450, por la ausencia del "famulus Dei", el uso de "annis" (infrecuente en las laudas cristianas de Mérida) y el tipo de fórmula de defunción que precede a la de los años, lo que ocurre en tres de Tarragona (que Vives supone de los siglos III-IV) y dos de Mérida (la de Lupercus y la de Proiectus: ver CICMe 41 y 49, respectivamente). Vilella Masana se inclina por esta úlitma datación (s. IV-V).
La paleografía parece corresponder a un tipo todavía muy propio del paganismo. Son capitales cuadradas con pocos rasgos de la epigrafía cristiana. La palma de la paloma podría ser alusiva al martirio. Por otra parte, Sabinianus podría haber ejercido la profesión de auriga, prohibida para los cristianos, antes de su conversión. Carece, como observaron sus primeros editores, de la fórmula FAMVLVS DEI, habitual en Mérida. Si todo esto fuera cierto podría datarse la lauda a mitad del siglo IV d.C. o, en todo caso, en la segunda mitad de dicho siglo, lo que la convertiría en una de las más antiguas de las inscripciones cristianas emeritenses. No obstante no convendría con el contexto arqueológico en el que apareció.
Esta inscripción se ha utilizado para argumentar que las carreras en el circo se prolongaron en Mérida hasta el siglo VI, a pesar de las prohibiciones realizadas por la Iglesia (Nogales Basarrate 2000, 88-89). Teniendo en cuenta la dificultad de aceptar que en el siglo V siguieran celebrándose juegos en Mérida, o que si los hubiera, tendrían que ser muy esporádicos, Arce plantea tres hipótesis sobre esta inscripción cristiana en la que menciona un auriga, profesión prohibida para los practicantes de esa religión. En primer lugar es posible que, a pesar de existir legislación sobre la prohibición de los cristianos para poder desempeñar profesiones que tuvieran relación con el entretenimiento, esas leyes en realidad tuvieran poca aplicación práctica en el entorno emeritense, cuestión difícil de comprobar. La segunda es que Sabinianus hubiera sido auriga hasta su conversión al cristianismo, pero resultaría extraño que en este caso lo reseñase en su epitafio. La tercera opción, por la que se decanta Arce, es que Sabinianus fuera un auriga metafórico: ya desde San Pablo en sus epístolas, seguido por los padres de la Iglesia, se hablaba de la “teología de la victoria, redefinida en sentido cristiano, celebró a los fieles (en especial a los mártires, es cierto) como verdaderos vencedores en el agón, en la carrera, como verdaderos aurigas que lograron superar las dificultades y alcanzaron la palma del triunfo y la victoria final del premio del Paraíso”. Así San Jerónimo mencionaba al auriga Christi, en otros textos aparece auriga Domini. Así Sabinianus sería un auriga Christi que alcanzó la victoria final y descansó en la paz del Señor (Arce 2002b, 139-146). Sabinianus, por tanto, podría haber ejercido la profesión de auriga, prohibida para los cristianos, antes de su conversión.